¿Tengo que declarar mis criptos si hago HODL?

¿Tengo que declarar mis criptos si hago HODL?

Durante los años cada vez más personas se han ido sumando al ecosistema financiero de las criptomonedas, y si bien algunos compran y venden criptos para hacer crecer sus inversiones, lo que normalmente se conoce como tradear, hay otras personas que simplemente las tienen ahí.

La práctica de comprar criptos y dejarlas en espera, independiente de que su valor suba o baje, apunta al largo plazo y se conoce como HODL. Este método de inversión es considerando que a mayor cantidad de años, el precio de un activo tiende a subir.

Pero con esto nace una pregunta clave entre los inversionistas: ¿Cuáles son mis obligaciones tributarias? Al final del día, nadie quiere tener problemas con el Servicio de Impuestos Internos, entonces saber si tienes que declarar tus criptos holdeadas o no, es clave.

¿Qué es hacer HODL?

Como ya lo mencionamos, es comprar criptomonedas y dejarlas en espera “eternamente”, pero el término viene directamente del inglés, ya que “HOLD” en su traducción, es mantener, y llevándolo a la estrategia que comentábamos, pasa a llamarse “HODL”. La idea de esta estrategia es almacenar criptos por un largo plazo. Básicamente, durante años.

La forma de guardarlas dependerá de tus preferencias, pues puedes optar por dejarlas en el exchange donde las compraste, o bien, en una Cold Wallet o Hot Wallet. Aquí lo importante, es resistir la tentación de venderlas cuando ves que el precio subió, y mantenerte ahí si es que el precio baja. Incluso, si el precio está más bajo que cuando compraste, podrías comprar más.

¿Tengo que declarar mis criptos si solo las tengo guardadas?

Por lo menos por ahora, la respuesta es que no. Si holdeas, no tienes que declarar nada ante el SII (aunque sí deberás declarar la poquita ganancia o pérdida que puedas obtener de enajenar cuando pagas comisiones en esos movimientos de compra u otros), pues en Chile no estás obligado a incluir la compra de criptos en tu declaración anual de impuestos ni hacer una declaración jurada.

Esto es gracias a que no se considera que haya un hecho gravado mientras no enajenes cripto. La cosa cambia cuando entras a vender tus criptos, pero si por ahora no lo tienes en consideración, te puedes despreocupar.

Aunque vale mencionar que a pesar de que mantengas tus criptos en HOLD, si debes declarar las comisiones que se pagaron en la compra de criptos con las que estás haciendo HOLD. Eso es un detalle importante ya que son enajenaciones de las que el SII está pendiente.

¿Cuándo tengo que declarar mis criptos?

Aquí hay tres escenarios posibles en los que sí deberías declarar tus criptos, y te los explicaremos a continuación para que no te quede ninguna duda.

1.- Venta con ganancias: En caso de que vendas tus criptomonedas y obtengas utilidades de esta venta, porque por ejemplo, las vendiste a un precio mayor del que las compraste, estas ganancias son consideradas como una renta, por lo que debes incluirla en tu declaración de impuestos anual.

El SII considera estos ingresos como una ganancia de capital, sobre la cual, dependiendo del monto de ganancias, se te cobrarán impuestos y dependiendo del caso.

2.- Intercambio entre criptos: Pongámonos en el caso de que compraste BTC y los cambias por ETH, si durante ese cambio lograste generar una ganancia, a ojos del SII también estás generando una renta y debes declararlo.

En este punto da lo mismo si nunca convertiste tus criptos a pesos chilenos o a dólares, ya que esta operación sí está sujeta a impuestos y debe declararse, ya que aumentaste tu patrimonio durante el intercambio de lo que el SII reconoce como activos digitales.

3.- Recibir criptomonedas como ingreso: Este caso podría ser un poco menos común, pero también entra en las obligaciones de declararlo. Aquí estamos hablando de que si te pagan en criptos por un producto o servicio, esas criptos, debes declararlas.

De igual manera cuando recibes recompensas por staking, minería, o si recibes donaciones a nivel de airdrop. Aquí estás generando también un ingreso, cuando las recibes no es necesario declarar su ingreso, sin embargo, cuando las enajenas, su costo es $0 y tu ganancia será todo el valor por el que las hayas vendido.

Y cuidado con esto, porque muchos usuarios complican su historial tributario sin darse cuenta. Si pasas tus criptos a una plataforma de “earn”, haces staking, participas en pools, o incluso las mueves entre exchanges, empiezas a generar movimientos que no siempre son fáciles de rastrear.

Es clave llevar un registro ordenado de todos esos pequeños movimientos, pues el día de mañana podría ser complicado demostrar precios de compra, fechas o si hubo enajenación.

¿Debo declarar si dejo mis criptos en un exchange extranjero?

Respuesta corta: No. Si solo las tienes guardadas, haciendo HOLD hasta el final de los tiempos, no debes declararlas. Pero si piensas que las puedes vender y aún así no declararlas debido a que estaban en un exchange extranjero, tendrás problemas. El SII siempre está ahí pendiente, observando.

Sucede que los exchanges suelen entregar información de los movimientos que haces en sus plataformas a distintos gobiernos, incluido Chile. Esto más que nada para evitar problemas legales en relación a lavado de activos o cosas raras de ese estilo.

¿Cómo evitar tener problemas con el SII?

En estos casos, lo mejor que puedes hacer es incorporar buenas prácticas en tus operaciones, las cuales son llevar el registro de las distintas fechas de compras en las que has adquirido criptos, el precio en el que las compraste, el lugar donde las compraste y mantienes, llames exchange o wallet, y finalmente la cantidad y la cripto en particular que compraste.

Lo bueno es que en LedgiFi puedes simplificar todos estos registros y evitar los dolores de cabeza que significa llevar un librito o un excel con todos estos datos. ¿Sabías todos estos datos? Coméntanos en X si estás haciendo HODL, y recuerda que en Instagram siempre estaremos para responder cualquier duda que tengas.