Modelo 721 en España: cuándo debes volver a declarar tus criptomonedas en el exterior (y cuándo no)
Si en 2025 presentaste el Modelo 721 por tus criptomonedas en el exterior, es normal que en 2026 te quede la sensación de: “ya, ok, ¿y ahora esto es todos los años?”
La respuesta corta es: no siempre.
La respuesta útil (la que te evita multas y dolores de cabeza) es entender cuándo se mantiene la obligación y cuándo no tienes que repetir la declaración.
Este artículo es informativo y no reemplaza asesoría tributaria. Si tu caso es complejo (muchos exchanges, DeFi, sociedades, etc.), vale la pena revisarlo con un profesional.

Primero: ¿qué es el Modelo 721 y qué declara?
El Modelo 721 es una declaración informativa en España para informar a la Agencia Tributaria (AEAT) sobre tenencias de criptomonedas en el exterior.
En la práctica, suele aplicar cuando tus cripto están en exchanges no registrados en España (por ejemplo, plataformas internacionales), y se activa si superas ciertos umbrales.
Ojo: “declaración informativa” no significa “da lo mismo”. No pagar hoy no te salva de sanción si estabas obligado a presentarlo.
Caso 1: no tienes que repetirlo si no subiste más de 20.000€ (respecto de la última declaración)
Según las directrices de la AEAT, presentar el 721 no es automático todos los años.
En términos simples:
- Si ya declaraste, solo se mantiene la obligación en años sucesivos si el saldo conjunto (valorado en euros al 31 de diciembre) aumenta en más de 20.000€ respecto del saldo declarado en el año anterior.
Ejemplo práctico (simplificado):
- Declaraste en 2025: 60.000€
- Al 31 de diciembre de 2025: 75.000€
- Diferencia: 15.000€
➡️ No superarías el “+20.000€”, por lo que podrías quedar exento de volver a presentar este año.
Caso 2 (el que la gente olvida): si cerraste la cuenta o dejaste de ser titular, sí debes informarlo
Hay un escenario donde el “umbral” pasa a segundo plano:
- Si dejaste de ser titular de esos criptoactivos previamente declarados.
En la práctica, puede pasar si:
- vendiste todo lo que tenías en ese exchange,
- cerraste la cuenta,
- transferiste todo a autocustodia (wallet propia),
- o hiciste una reorganización que extingue la titularidad de lo declarado.
La lógica es simple: Hacienda quiere saber si lo que declaraste sigue existiendo en el exterior o si se extinguió.

Plazo clave: el 721 se presenta hasta el 31 de marzo
Si te aplica, tu ventana típica está en el cierre del primer trimestre.
Si estás leyendo esto “a última hora”: no eres el único.
¿Qué pasa si no presento el Modelo 721?
Aunque sea informativo, sí hay sanciones si no lo presentas, lo presentas incompleto o fuera de plazo.
Lo importante aquí no es el número exacto, sino el principio:
- Si estabas obligado, conviene corregir a tiempo y tener tu respaldo ordenado.
Checklist rápido: cómo prepararte sin sufrir
Si usas cripto y quieres estar tranquilo:
- Lista tus exchanges y wallets
- separa “en España” vs “en el exterior”
- Ten un snapshot al 31 de diciembre
- saldo por activo
- valoración en euros (criterio consistente)
- Identifica si hubo extinción de titularidad
- cierres de cuentas
- migración total a autocustodia
- Consolida movimientos
- depósitos/retiros, compras/ventas, swaps
- para que tu declaración (y tu historia) cuadre
¿Por qué esto importa (aunque no pagues nada en el 721)?
Porque el 721 es, en la práctica, parte del “mapa” que Hacienda usa para entender tu exposición a cripto.
Si mañana presentas IRPF, justificas una venta grande o te piden respaldo, es mejor que tu historia esté:
- consistente,
- trazable,
- y fácil de explicar.
Si llegaste hasta acá, ya vas con ventaja: el Modelo 721 no es “automático” todos los años, pero tampoco es para dejarlo al azar. Y ojo: Hacienda no anda haciendo el tonto 😅 así que mejor tener tus números ordenados antes de que llegue el 31 de marzo y empiece el modo pánico. Si te sirvió, cuéntanos en X y síguenos en Ig para más tips rápidos.