Impuestos de criptomonedas en otros países

Impuestos de criptomonedas en otros países

Cada año las criptos van ganando más popularidad en Latinoamérica, pero con esta creciente fama también han aumentado las regulaciones hacia este modelo de inversión y algo normal es que cada país tenga sus propias regulaciones.

En este blog veremos cómo se tributan las ganancias en diferentes países, junto con las obligaciones de declaración, paraísos fiscales y principales diferencias que varían según las normativas vigentes que tengan.

Algo que es bueno mencionar, es que a nivel general, cuando uno revisa las leyes de impuestos o renta en los distintos países, es común encontrar que desde sus primeros artículos se dirigen ampliamente a que debes declarar tus rentas y pagar impuestos de ser necesario.

Siempre que tu patrimonio aumente o tengas rentas que modifiquen tu patrimonio. Esto hace que no se les escape una y siempre tengas que hacer tus declaraciones no importando si hay o no una legislación específica para las criptomonedas.

Impuestos crypto en Chile

Comenzando por Chile, en donde las criptos no son de curso legal, pero sí están reconocidas por el Servicio de Impuestos Internos (SII) como un método de inversión, el cuál para fines tributarios, se establece como “activos monetarios pactados entre particulares".

Al no ser una moneda oficial, se aplica la normativa general de impuestos como a cualquier otro activo, el Impuesto a la Renta común, clasificando las ganancias que se obtienen de la compraventa de criptos, en la categoría de renta.

Para personas naturales, las ganancias se integran al Impuesto Global Complementario que es progresivo, con tramos que llegan hasta un 40% para rentas altas, mientras que para empresas, se grava con el Impuesto de Primera Categoría, entrando en el régimen general de sociedades, con un 25% a 27% dependiendo del tipo de empresas.

Y cabe mencionar que si solo compraste criptos, pero no las vendiste durante el año fiscal (recuerda que las comisiones son una venta), o si bien tuviste pérdidas con su venta (podrías aprovechar la pérdida), no hay impuestos asociados, puesto que estos se aplican solamente sobre tus ganancias.

Impuestos crypto en Argentina

Cruzando la cordillera nos topamos con uno de los primeros países en legislar explícitamente sobre las monedas digitales en su ley de impuestos desde la reforma tributaria del 2017, estableciendo que las ganancias por la compraventa de criptos entran en el impuesto a las ganancias.

Si bien la ley no define exactamente qué es una moneda digital, la interpretación prevalente es que entran las criptomonedas como BTC, ETH, y otras del rubro. De todas formas, la normativa financiera no las considera de curso legal, El Banco Central las catalogó como “activos externos”, advirtiendo que no están respaldadas por ningún gobierno. 

En Argentina, las personas físicas tributan las ganancias de criptos en un régimen especial cedular de renta financiera. Actualmente la alícuota aplicable es del 15% sobre la ganancia obtenida en la venta de monedas digitales para la mayoría de los casos.

Este 15% se aplica cuando la ganancia es de fuente extranjera, por lo que las criptos, al no ser emitidas en Argentina, entran dentro de estos parámetros, pues sus ganancias se asimilan a rendimientos extranjeros, y si bien existe una alícuota reducida de 5% para criptos que sean nacionales, la gran mayoría queda en el tramo del 15%.

Por otra parte, lo anterior es aplicable para personas naturales, pues las empresas que obtienen ganancias con criptos, no utilizan la tasa cedular, sino que incluyen esas ganancias en un balance general como resultado ordinario, el cual está sujeto al impuesto corporativo de 30%.

Si bien la Administración General de Ingresos Públicos (AFIP) aún no cuenta con un formulario exclusivo para criptos, si exige incluirlas bajo las categorías existentes, detallando particularmente las ganancias obtenidas, especificando que cambiar una cripto por otra, también es considerado motivo de ganancia, por lo que también hay que informarlo.

Impuestos crypto en Colombia

Prepárate un buen café, porque ahora entraremos a hablar de Colombia, país en el que las criptos tampoco son de curso legal. Aquí se les considera directamente activos intangibles que forman parte del patrimonio del contribuyente.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) señaló que los contribuyentes deben declarar toda cripto que posean, estén dentro del país tanto como afuera, y esto deben hacerlo en su declaración de renta anual, incluyéndolas además en el apartado de patrimonio.

Básicamente si vives en Colombia y tienes criptos en un exchange o una wallet, debes listarlas como parte de tus bienes al final del año, valoradas, según normas locales, por su costo o valor de mercado.

Y aunque no exista un formulario específico para criptos, el 2023 la DIAN emitió un Concepto Unificado detallando ahí el tratamiento contable y fiscal de criptoactivos para mayor claridad. 

Colombia aplica dos posibles tratamientos según el tiempo de tenencia de la cripto. Si esta se mantuvo por menos de dos años, la ganancia en su venta o permuta, se considera renta ordinaria. Esto significa que se suma a los ingresos del año y tributa la tasa de impuestos sobre la renta correspondiente al tramo de la persona.

Aquí las tasas de impuestos son progresivas, yendo desde 0% en caso de que las ganancias sean muy bajas, o 39% en casos de mayores ingresos, pero en principio, las ganancias cripto que vendiste a corto plazo, se gravan igual que un ingreso por trabajo.

La segunda opción, es si tuviste una cripto por más de dos años, en cuyo caso la utilidad califica como ganancia ocasional, un tipo de renta especial que tiene una tarifa preferencial del 10%, por lo que si compraste BTC y lo tuviste por más de dos años, tributas solo el 10% de la ganancia obtenida.

Impuestos crypto en Brasil

Ahora es cuando tus criptos se ponen a bailar, porque en Brasil, para efectos fiscales, son tratadas como bienes/activos financieros. La Receita Federal do Brasil (RFB) definió los criptoactivos como una representación digital de valor, el cual puede ser utilizado como medio de pago, pero no se considera moneda de curso legal.

Al ser consideradas bienes, las criptomonedas tienen una tributación similar a la de otros activos de inversión, establecida bajo su ganancia de capital.

Brasil aplica un impuesto a las ganancias de capital de individuos cuando venden una cripto, con una exención a pequeños montos vendidos en el mes. Actualmente las ventas mensuales hasta $35.000 Reales, lo que serían cerca de 7.000 USD, están exentas de impuesto.

Esto incluye la suma de todas las enajenaciones de cripto del mes, si no excede los $35.000 R, cualquier ganancia obtenida no paga impuestos. Sin duda una gran ventaja para los pequeños inversionistas que tratan de salir a flote.

Por otra parte, si vendiste más de $35.000 R durante un mes, las alícuotas son progresivas, y estas varían según los montos de ganancia de los que estemos hablando, pero iguales a las que se aplican a la venta de inmuebles u otros bienes.

15% sobre la porción de ganancia de hasta R $5 millones.

17,5% sobre la parte de la ganancia que exceda R $5 Millones y hasta R $10 Millones.

20% entre los R $10 Millones y los R $30 Millones.

22,5% sobre la ganancia que exceda los R $30 Millones.

Si bien es verdad que la mayoría de las personas en Brasil quedan en el tramo del 15% debido a sus ganancias, ya que hay pocos que obtengan ganancias multimillonarias, es relevante entender cómo este país ya está preparado a nivel fiscal para enfrentarse a grandes volúmenes al momento de establecer impuestos.

Tradicionalmente la fiscalización brasileña se centraba en operaciones locales y en la declaración voluntaria de los contribuyentes, sin embargo, a fines de 2023 se aprobó una ley que extiende el impuesto a las cripto al valorizarlas en exchanges del exterior. 

A partir de 2024, los brasileños que mantengan criptomonedas en plataformas fuera de Brasil deberán pagar impuestos sobre las ganancias generadas, con una tasa de hasta 15% sobre esas rentas del exterior​.

Este impuesto a cripto en el exterior se enmarca dentro de una reforma más amplia para gravar inversiones offshore. Las autoridades brasileñas quieren evitar que los contribuyentes evadan el impuesto simplemente moviendo sus fondos a plataformas internacionales. Así es como Brasil se perfila con uno de los sistemas más completos de control cripto en la región.

Impuestos crypto en México

Que salgan los tequila, porque en materia de leyes, México aún no tiene nada específico para criptos en el ámbito tributario. De todas formas, el PRODECON ha entregado ciertos lineamientos.

En el 2021 el SAT reconoció las criptomonedas como “activos virtuales” sujetos a impuestos, encuadrando sus operaciones como enajenación de bienes, para efectos fiscales. Esto significa que vender una cripto es como vender un mueble. Si bien existe la Ley Fintech en México, para efectos tributarios se aplica la legislación tributaria general.

Esta nos dice que si una persona en México vende criptos y recibe ganancias de esta venta, dicha utilidad se considera un ingreso gravable por enajenación. Las personas físicas deben incluir esa ganancia en su declaración anual de ISR.

Y si bien no existe una tasa fija especial para criptos, se aplican las tarifas generales por rangos de ingreso. En el 2024 la tabla de ISR de una persona era progresiva e iba desde los 1.92% hasta un 35% máximo para el tramo más alto de ingresos.

En la práctica, la tasa marginal de la ganancia cripto dependerá de los ingresos totales del contribuyente durante el año fiscal. Si tienes pocos ingresos, además de la venta de cripto, puede que su ganancia tribute a una tasa efectiva baja.

Ahora, si la persona ya está en el tramo alto, deberá pagar el 35% de sus utilidades. Por otro lado, México establecía una pequeña exención anual de ganancias por enajenación: Los primeros $60.000 MXN de utilidad por venta de bienes en el año, están exentos del ISR.

Y por si fuera poco, también existe un régimen simplificado, opcional llamado Régimen de Confianza (RESICO), ideal para pequeños contribuyentes. Si una persona opta por este régimen, sus ganancias por venta de criptos pueden tributar a una tasa fija de 25%.

Esto simplifica el cálculo, pero puede ser más alto o más bajo que la tasa ordinaria según cada caso. RESICO está pensado para pequeños comerciantes y emprendedores con ingresos limitados.

Impuestos crypto en Panamá

Si alguna vez viste Prison Break, ya sabrás porqué Michael Scofield eligió Panamá para irse con su hermano. Este destino es codiciado por quienes buscan minimizar impuestos gracias a su sistema de renta territorial.

Sucede que aquí los impuestos a la renta se aplican únicamente al dinero generado en Panamá, todo lo demás que haya sido generado afuera, por mucho que sea, queda libre de impuestos.

En la práctica significa que toda ganancia generada por inversiones en criptos, al ser realizadas fuera de Panamá en exchanges internacionales, no están gravadas y no debes ni siquiera declararlas ante la autoridad fiscal.

Además, Panamá no tiene un impuesto al patrimonio, ni impuestos sobre transferencias financieras personales, lo cual beneficia a los holders. Atractivo para inversores sin duda, gracias a todo lo anterior, Panamá se considera de los países más crypto-friendly fiscalmente en Latinoamérica​

Para los entusiastas de las criptomonedas en América Latina, conocer estas diferencias es importante para la planificación fiscal. Quienes operan en sus países de origen deben entender cómo reportar correctamente sus ganancias y qué tasas podrían enfrentar.

Cabe mencionar, que si no eres de Panamá, declarar es tu obligación tributaria y el no hacerlo podría venir con serias multas o incluso cárcel, por evasión de impuestos. Recuerda que siempre es bueno asesorarse con expertos, como contadores o abogados tributarios, y si quieres declarar de forma rápida y exacta, en LedgiFi encuentras tu aliado ideal.

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