Argentina: el DNU y los contratos cripto siguen en pie

Una sesión para tratar el DNU 70/23 no alcanzó quórum en Diputados. Qué pasó el 15 de octubre y por qué eso no equivale a aprobar una ley nueva sobre Bitcoin.

Argentina: el DNU y los contratos cripto siguen en pie

En el Congreso argentino, una banca vacía también puede cambiar el curso de una discusión. El 15 de octubre, la Cámara de Diputados intentó sesionar para tratar, entre otros asuntos, la derogación del DNU 70/23. Había 121 legisladores presentes y se necesitaban 129 para abrir la sesión. No hubo debate ni votación sobre el decreto.

El DNU sigue vigente tras ese intento fallido. La noticia interesa al mundo cripto porque el decreto modificó las reglas de las obligaciones pactadas en una moneda que puede no tener curso legal en Argentina. Pero hay una diferencia enorme entre que una norma continúe en vigor y que el Congreso haya aprobado una ley nueva para pagar con Bitcoin. Lo segundo no ocurrió el 15 de octubre.

¿Qué dice el decreto sobre la moneda pactada?

El texto del DNU 70/23 modificó los artículos 765 y 766 del Código Civil y Comercial. En términos sencillos, si dos partes pactan una obligación en una moneda determinada, el deudor debe cumplir en la moneda convenida, aunque no tenga curso legal en el país. El artículo 765 también impide que un juez cambie la moneda o la forma de pago acordada por las partes.

Piensa en un contrato que fija una obligación en dólares. El punto central es que quien debe pagar no puede decidir por su cuenta entregar pesos para cerrar la deuda si el acuerdo exigía otra moneda. El decreto reforzó esa regla desde 2023; la sesión frustrada de octubre no la inventó.

¿Y Bitcoin? En las noticias sobre el DNU suelen aparecer los criptoactivos como ejemplo de contrato. Ahí conviene pisar con cuidado: Bitcoin no es moneda de curso legal en Argentina, y las consecuencias de pactar una obligación en un criptoactivo pueden depender del tipo de contrato y de cómo esté redactado. El texto citado de los artículos 765 y 766 habla de moneda. No convierte por sí solo a todos los criptoactivos en moneda ni sustituye el análisis jurídico de cada caso.

La sesión que no llegó a empezar

La convocatoria del 15 de octubre incluía otros asuntos, como endeudamiento familiar y discapacidad. El intento de tratar el DNU se cayó al faltar ocho diputados para el quórum. Las crónicas coinciden en la cifra de 121 presentes. La Cámara de Diputados había informado el día anterior de otro debate legislativo vinculado con una parte distinta del mismo decreto, la Ley de Tierras. Eso ayuda a entender por qué el DNU volvió a la agenda, pero tampoco equivale a la derogación completa del decreto.

Una sesión sin quórum es como organizar una votación en un edificio al que no entró suficiente gente: el tablero marca ausencias y la decisión ni siquiera llega a la mesa. Por eso sería incorrecto decir que los diputados «votaron a favor de Bitcoin» o que «rechazaron derogar los contratos cripto». Simplemente no hubo una votación sobre esos artículos.

¿Qué cambia para quien firma un acuerdo?

En lo inmediato, el resultado es continuidad: no se produjo una derogación del DNU en esa sesión. Si una persona o empresa piensa pactar pagos ligados a criptoactivos, el titular de la noticia no basta para redactar el contrato. Debe quedar claro qué activo se entrega, cuánto, cuándo, en qué red y cómo se resuelve una diferencia de cotización o una transferencia fallida. Esas condiciones prácticas importan incluso cuando las partes están de acuerdo en usar cripto.

Por ejemplo, «pagar el equivalente a 1.000 dólares en Bitcoin» deja preguntas diferentes de «entregar una cantidad fija de BTC». ¿Qué precio se toma y en qué momento? Una frase imprecisa puede convertir una operación sencilla en una pelea bastante cara. El ejemplo es ilustrativo y no reemplaza asesoramiento legal para un contrato real.

El próximo dato relevante será un nuevo tratamiento legislativo efectivo o una modificación normativa concreta. Hasta entonces, el DNU 70/23 permanece como referencia y el intento del 15 de octubre queda como eso: un debate que no pudo abrirse. En X cuéntanos si usarías cripto en un contrato o preferirías fijar el pago en otra moneda. También puedes seguir nuestras explicaciones en Instagram.